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sábado, 25 de septiembre de 2021

Política Nacional de Medicamentos - Guatemala

 POLÍTICA NACIONAL DE MEDICAMENTOS 

Dentro de las definiciones más precisas para encajar el significado de Una Política Nacional de Medicamentos, son:

  • Una Política Nacional de Medicamentos es conocido como recurso formal que permite ordenar, priorizar, planificar, controlar y evaluar; los aspectos más relevantes del ciclo de los medicamentos en un país.
  • Para Guatemala, es el instrumento político estratégico para orientar las acciones, del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social y del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social, que favorecen el acceso a medicamentos de calidad, seguros y eficaces a la población guatemalteca. 


La importancia de la Política Nacional de Medicamentos, radica en optimizar la utilización de los medicamentos, reducir las inequidades en el acceso y asegurar la calidad de los mismos en el marco del Sistema de Seguridad Social en Salud.




Según el ente de mayor importancia en el ámbito de salud reconocido a nivel mundial; Organización Mundial de la Salud (OMS), la importancia de declarar una Política Nacional de Medicamentos es la necesidad que sus estados miembros trabajen en la formulación, implementación y evaluación de políticas farmacéuticas nacionales o políticas nacionales de medicamento (PNM), las cuales han de estar en concordancia con las políticas sanitarias de salud de cada país y cimentadas en las necesidades particulares de cada nación; con la intención de que las personas tengan la oportunidad de acceder a los beneficios que el campo farmacéutico, teniendo como prioridad el respeto a la vida y a la dignidad humana.


La Política Nacional de Medicamentos, como bien se mencionó con anterioridad, es; “un recurso formal sistemático que permite ordenar, priorizar, planificar, controlar y evaluar los aspectos más importantes del ciclo del medicamento (producción, investigación, distribución, almacenaje, comercialización) en un país”. 


Por ello, es responsabilidad del estado y sus autoridades gubernamentales tener la capacidad de establecer prioridades y metas a mediano y largo plazo en el sector de la salud, coordinar las diversas actividades relacionadas con los medicamentos mediante la vinculación de los distintos interesados y a la vez, instaurar como un importante medio para promover confianza en las personas hacia algunos componentes del sistema de salud y de sus provisiones. Es esta la razón principal para considerar aspectos de equidad, sostenibilidad financiera, acceso, calidad y eficiencia en el uso de los recursos para el acceso a los medicamentos a su población, en especial a los más vulnerables.


Dentro de los elementos que se considera necesarios para llevar a cabo la formulación de una política nacional de medicamentos es necesario coordinar esfuerzos de sectores de salud expertos en el tema y el sector político con la buena voluntad de apoyar en la legislación de políticas necesarias para la elaboración, cumplimiento y seguimiento de normas relacionadas a los medicamentos para su país. 

Es por tal que se considera que debe ser un proceso consultivo complejo en el que todos los interesados en utilizar esos productos de interés sanitario, realizan consensos y establecen objetivos, aspiraciones y compromisos bajo un marco de valores políticos, económicos, culturales e históricos donde debe prevalecer en todo momento el bien común; por lo que al amparo de este sistema, se espera obtener beneficios para la población a partir de la toma de decisiones basadas en la evidencia científica.


Una política debe estar fundamentada en el concepto de:

  • Medicamentos esenciales, lo que puede permitir una oferta de productos efectivos, seguros y de calidad a la población que accede a ellos.
  • Al considerar los cambios tanto en el perfil epidemiológico, como en los demográficos y tecnológicos.
  • En la búsqueda del mejor uso de los escasos recursos disponibles y bajo la aplicación de los principios éticos y legales vigentes.
Dentro de los requerimientos para la Elaboración de la política nacional de medicamentos, son indispensables:

a) El concepto que debe prevalecer es el de medicamentos esenciales pues responden a las necesidades de salud de la población, son pertinentes desde el punto de vista de la salud pública, cumplen con todas las pruebas de eficacia y seguridad, están de manera disponible en todo momento, en cantidad suficiente y en las formas farmacéuticas apropiadas, con garantía de calidad, que se ofrezca información pertinente sobre ellos, a un costo que las personas y la sociedad puedan pagar.

b) La selección de medicamentos esenciales amerita pautas, guías o normas clínicas que aseguren la atención sanitaria y el uso racional de los medicamentos, por eso debe existir una amplia divulgación de los lineamientos clínicos a ser implementados por los profesionales competentes.

c) El acceso a los medicamentos esenciales implica la existencia de una selección racional, a precios asequibles, con financiación sostenible y en sistemas de salud fiables.

d) La financiación debe considerar las enfermedades prevalentes, a la población con mayores necesidades, las posibles donaciones y el apoyo a los sistemas de salud.

e) El sistema de suministro de medicamentos esenciales combina los elementos de carácter público y privado, así como el apoyo de la industria farmacéutica, el manejo adecuado de los residuos y de los desechos de medicamentos.

f) La reglamentación existente debe garantizar la calidad, las buenas prácticas de fabricación, de distribución y de almacenaje, entre otras.

g) Contribución al uso racional de medicamentos a través de sus principales objetivos y labores basados en evidencia científica.


En Guatemala, el Decreto Número 90-97 del Congreso de la República de Guatemala, Código de Salud, establece que las disposiciones en este campo están orientadas a la regulación y vigilancia sanitaria de la producción, importación, exportación y comercialización de estos productos, a la evaluación de conformidad, registro sanitario e inscripción de los productos contemplados en este capítulo y de los diferentes establecimientos que los producen y comercializan y que el Ministerio de Salud establecerá un programa nacional de medicamentos que permita operativizar las políticas de medicamentos incluyendo la selección, calidad, suministro, producción, comercialización y el uso racional de los mismos, promoviendo la participación social, teniendo como fin primordial el acceso de la población a medicamentos de calidad, se aprueba en 2019, La POLÍTICA DE MEDICAMENTOS Y OTRAS TECNOLOGÍAS DE SALUD DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA, que busca hacer más accesibles y seguros los medicamentos en Guatemala. 





Los cinco ejes de trabajo de la política nacional de medicamentos y otras tecnologías pretende cubrir, por medio de los mismos, los siguientes aspectos en cuanto al acceso a los medicamentos a la población guatemalteca. 

  • Transparencia: Se contempla el desarrollo y fortalecimiento de medios que informen de forma libre al público y que permita que lo usuarios dispongan de forma oportuna y regular de la información confiable y relevante.

  • Uso racional de medicamentos: Este eje contempla las estrategias para que un paciente reciba el medicamento apropiado para su necesidad clínica, en la dosis que corresponde según sus requerimientos individuales, por un periodo de tiempo adecuado y al menor costo para él y su comunidad. En este se incluye el listado básico de medicamentos y la regulación de la publicidad y promoción para reducir la automedicación.

  • Accesibilidad: Incluye estrategias para garantizar la disponibilidad de los medicamentos en los servicios de salud públicos y privados, además de precios accesibles a la población. Aquí también se promueve la regulación y contención de precios de las medicinas.

  • Financiamiento estatal sostenible: Se toma como indispensable la definición, asignación y ejecución de los recursos financieros destinados al sector público de salud, además de una gestión eficiente para lograr la disponibilidad oportuna de medicamentos y otras tecnologías de salud en el país.

  • Garantía de calidad: Que incluye la investigación, el desarrollo y la producción, incluyendo el control de calidad, las buenas prácticas de manufactura, almacenamiento, distribución, fiscalización y farmacovigilancia.


La situación actual en Guatemala, respecto a la política nacional de medicamentos ha presentado avances significativos en cuanto a la creación de la POLÍTICA DE MEDICAMENTOS Y OTRAS TECNOLOGÍAS DE SALUD DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA, y presenta oportunidades de mejora. Sin embargo, aún existe una cantidad considerable de la población más vulnerable de nuestro país que aún no está definido el acceso a medicamentos en algunas regiones y se requiere incluir aspectos relacionados con la medicina tradicional, herbolarios, fitofármacos y biotecnológicos; también se deben mejora la promoción científica y los estudios postcomercialización de los medicamentos. 

La implementación de la política nacional de medicamentos en Guatemala, permite hacer valer los objetivos principales de los medicamentos en cuanto seguridad, calidad y eficacia, ya que este documento contempla la clasificación anatómica, terapéutica y química, concentración, vía de administración y observaciones sobre el uso de los medicamentos. Consta de 430 principios activos, nombrados por su Denominación Común Internacional (DCI) o nombre genérico, 607 medicamentos en sus diferentes formas y presentaciones farmacéuticas, distribuidos en 14 grupos farmacológicos de acuerdo con el sistema de clasificación internacional de la Organización Mundial de la Salud.


El sistema de salud de Guatemala, se enfrenta a desafíos grandes para garantizar el acceso a los medicamentos a toda la población, que tome en cuenta la resolución de los precios elevados, actualización del marco regulatorio para garantizar la calidad de los productos que se comercializan, insuficiente financiamiento para la adquisición y abastecimiento oportuno, gestión institucional compleja, fragmentada y con altos costos de operación. Lo cual debe representar esfuerzos para orientar el uso racional de los medicamentos y su vigilancia en la seguridad. Estos desafíos están relacionados a factores estructurales, históricamente arraigados y que obligan a poner en perspectiva su abordaje de manera integral y con contenido político estratégico. La Política de Medicamentos y otras Tecnologías de Salud, significa disponer de un instrumento político estratégico para orientar, dirigir e implementar acciones integrales a escala nacional, que aborden los principales determinantes del acceso a medicamentos y otras tecnologías sanitarias, con el compromiso de las instituciones del sector salud para garantizar el acceso oportuno a estos insumos. 


A manera de ejemplo, se agrega un video que compara los precios de los medicamentos antes y durante la pandemia de Covid-19, que muestra los principales problemas de acceso a los medicamentos y como la Política de Nacional de Medicamentos debe ejercer para facilitar la disponibilidad y accesibilidad a la población Guatemalteca, gestada desde el sector político de nuestro país.



 

Referencias Bibliográficas


Jiménez Herrera, L. G. (2018). La política nacional de medicamentos en el contexto de América Latina. Revista Cubana de Salud Pública, 44, 398-421.

MSPAS (2019). Política de Medicamentos y Otras Tecnologías de Salud de la República de Guatemala. Recuperado de: https://www.mspas.gob.gt/component/jdownloads/send/345-2019/2750-acuerdo-ministerial-no-276-2019.html

jueves, 26 de agosto de 2021

Normativa jerárquica en Guatemala, efectos a los derechos sociales y individuales en sector salud causados por la pandemia Covid-19.

Jerarquía de las leyes en Guatemala.

Según la jerarquía de las leyes nacionales Guatemaltecas, La Constitución Política de la República de Guatemala ocupa el primer lugar de todo el ordenamiento jurídico nacional, seguida de las leyes constitucionales y posteriormente toda la normativa ordinaria. 

La jerarquía de las normas jurídicas, es la gradación que por orden de importancia guardan entre sí, los preceptos de un ordenamiento jurídico cualquiera. Distintos autores señalan "La jerarquía de las normas jurídicas está determinada por la importancia que cada una tiene con relación a las demás normas jurídicas. Y que esta importancia está sujeta a aspectos de tipo formal en cuanto a su creación, a contenido general, especial y desarrollo de aplicación”.

A partir de la teoría de la jerarquía normativa del conocido teórico del derecho Hans Kelsen, en general se puede definir como el conjunto de conocimientos, categorías y conceptos, que emanan del estudio de las instituciones jurídicas, creando los principios y fundamentos teóricos que servirán de base para la compresión, explicación e interpretación del desarrollo de la misma y del derecho en términos generales.

Constitución de la Republica de Guatemala y su Importancia como ley suprema del país.
Desde el mismo nacimiento de la Constitución, a ésta se le asigna un valor exclusivo frente a las demás leyes, ya que su formación es distinta y depende de un momento político y jurídico singular. La Constitución Política, conocida como Ley Fundamental, Carta Magna, Ley Constitucional, Carta Fundamental, Carta Política. 
En la doctrina se establece como una de las leyes constitucionales, es la ley de mayor rango en el caso específico de nuestra legislación guatemalteca la Constitución Política de la república de Guatemala contiene normas de carácter dogmático, orgánico y funcional. 
En el aspecto dogmático regula los principios y derechos considerados como derechos naturales del hombre, tales como protección a la vida, la libertad de emisión del pensamiento, la libertad de acción, de culto, igualdad de derechos y oportunidades, protección a la propiedad privada, de los bienes y del patrimonio en general, derecho al trabajo, a la educación, a la salud, al deporte, entre otros. 
En lo orgánico contiene normas concernientes a la actividad del Estado para con los ciudadanos, sus deberes, su división de poderes y la interrelación de los mismos, la regulación de las entidades autónomas y semiautónomas y en general de la organización estatal. 
En el aspecto funcional o de defensa de la misma Constitución, la que contiene normas que crean las instituciones de carácter garantista y se encuentra en un apartado, creando una serie de procedimientos jurídicos que le dan certeza y en caso fuese tratada de violentar en sus principios por una norma inferior.

Leyes constitucionales
Leyes constitucionales Para el Doctor Hans Kelsen las leyes de mayor jerarquía son las llamadas constitucionales, éstas se pueden explicar diciendo que son todas aquellas normas que desarrollan principios fundamentales y naturales que rigen a todo el ordenamiento jurídico, teniendo consigo la evocación del espíritu del hombre organizado en un Estado y la forma de actuar de éste frente a aquellos, enunciando principios universalmente aceptados y que se consideran normas principales o fundamentales.
Atendiendo al órgano creador, las leyes constitucionales en nuestro sistema jurídico, son hechas por un Órgano Legislativo temporal e independiente al resto de los organismos permanentes del Estado, al que se le denomina en nuestra legislación como Asamblea Nacional Constituyente; éste ente jurídico creador, se le considera que lleva, al momento de hacer la Carta Magna y demás leyes constitucionales, el sentir legítimo de la población en general, por lo que es electo de forma directa por la misma, para crear cuerpos normativos que serán los fundamentos del sistema jurídico del Estado y rectora a la vez de las leyes posteriores o de menor jerarquía jurídica.
 
Leyes ordinarias 
Siguiendo con la teoría del doctor Hans Kelsen, en cuanto a la jerarquía normativa, luego de las normas constitucionales encontramos las leyes ordinarias, las cuales desarrollan y describen el contenido de aquéllas, las que contienen principios de orden constitucional. Éstas a diferencia de las primeras, en cuanto a su creación, las crea un organismo permanente y especializado del Estado, en el caso de Guatemala es el Congreso de la República, el cual emite leyes bajo el llamado proceso legislativo, que es un conjunto de pasos o etapas que se tienen que cumplir para que una iniciativa 10 pase a ser proyecto de ley y éste a su vez se constituye en una Ley sancionada y vigente en el país, la cual tiene la característica de ser de cumplimiento obligatorio y de observancia general.   

Leyes reglamentarias 
Siguiendo la jerarquía normativa, se encuentran las normas reglamentarias. Estas normas tienen dos vertientes: Los reglamentos del ejecutivo y los reglamentos internos de una institución estatal. 

En cuanto a los reglamentos del ejecutivo, la función reglamentaria ha sido depositada constitucionalmente en el Presidente de la República, por lo que es él quien los emite por medio de los diferentes ministerios de Estado y estos reglamentos tienen el fin de explicar y facilitar la aplicación de leyes ordinarias, ejemplo de ello lo encontramos en la Ley de la Policía Nacional Civil y su Reglamento; en la Ley y Reglamento de Timbres Fiscales y Papel Sellado Especial para Protocolo, Decreto 32-92 del Congreso de la República y Acuerdo Gubernativo 737-92 del Ejecutivo. 

En lo referente a los reglamentos internos de cada institución, estas son reglas o directrices que se decretan dentro de una institución estatal, con el fin de normar la estructura y las funciones que desarrollará la misma, ejemplo es el Congreso de la República ya que emite su propio Reglamento Interior. 

Leyes individualizadas 
Estas normas ocupan un lugar inferior de todas las leyes, porque su cobertura de influencia normativa se limita a personas en particular y de ellas se enuncian: 
Las sentencias emitidas por un órgano jurisdiccional; los contratos civiles, laborales y mercantiles; los laudos arbítrales de particulares, etc. Su nominación hace referencia a que sólo interesan a las personas en lo particular y no al conglomerado social, sean personas individuales o jurídicas, que contraten o litiguen individualmente.


Contemplación de la Constitución Política de la Republica de Guatemala en cuanto a los derechos individuales y sociales en el panorama de la pandemia actual del Covid-19derecho a la salud, situación del país ante COVID-19.

Los derechos han evolucionado a lo largo de la historia según las necesidades de cada circunstancia, época y momento histórico en Guatemala. Los cuales se han definido y redefinido para velar por el respeto de los principios inherentes a la condición humana.

Los derechos sociales como tal, han surgido por la necesidad de que se cumpla la ley en aquellos aspectos en los que las personas puedan sentirse desprotegidas, reprimidas o condicionadas o en los casos en que carezcan de reconocimiento dentro de su comunidad, población, nación, país, grupo o sociedad.

Desde esta perspectiva, el derecho social es netamente reivindicativo, en especial con aquellos colectivos que han sido excluidos por alguna circunstancia social o política, lo que ha sucedido en el caso del manejo de la pandemia generada por SARS-Cov2 que produce la enfermedad del Covid-19, a inicios de la misma se desconocía el comportamiento de dicha pandemia y como es que esta afectaría la sociedad Guatemalteca en su entorno social, económico y político, que afecta de cierta manera los derechos sociales e individuales de la población guatemalteca. Que en un principio se vio como un medio de prevención las medidas tomadas como el toque de queda, la restricción de locomoción entre departamentos, la limitante del transporte publico, el ingreso a los mercados municipales que marcan una economía informal a la cual pertenece gran parte de la sociedad en Guatemala y que sostienen al país a pesar de su poca regulación e informalidades económicas, administrativas y manejo de impuestos. 
Con forme avanzó la pandemia, también se fue incrementando la tasa de desempleo, la necesidad de sectores vulnerables de la economía a ver la forma de adquirir ingresos, se afecto la locomoción de un gran numero de personas que se movilizaban en transporte publico a sus trabajos, entre otros problemas, el país mostró la necesidad de una reactivación económica que llevo a un aumento significativo de casos y comprometió aun mas el escaso y deficiente sector salud del país. 


Efectos a los derechos de salud causados por la pandemia de Covid-19. 

El sistema de salud de Guatemala es uno de los peores sistemas salubristas de Latinoamérica, ubicado en el puesto 69 de un total de 71 países, esto dado a conocer por un informe elaborado por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), titulado “Mejor gasto para mejores vidas”, detalla que Guatemala tiene la peor eficiencia de gasto en salud pública en toda Latinoamérica.

La llegada de la pandemia a Guatemala a inicios de 2020, comprometió aun mas el sistema de salud que es deficiente desde administraciones de gobiernos pasados, que ha llevado a limitar el derecho fundamental del goce a la salud máxima que debe ser garantizada por el estado. En este aspecto Guatemala tiene mucho camino por delante, en el cual debe ser prioritario un sistema de salud eficiente, accesible a todos, descentralizado y dirigido principalmente a mejorar la calidad de vida en aspectos de salud para los guatemaltecos, favoreciendo los derechos establecidos en el ARTICULO 1 que establece el derecho a la salud e indica que todos los habitantes de la República tienen derecho a la prevención, promoción, recuperación y rehabilitación de su salud, sin discriminación alguna.






Referencias: 

Arango, R. (2002). Promoción de los derechos sociales constitucionales por vía de protección judicial. El otro derecho, 28, 103-122.


Coria, D. C. C. (2006). Las garantías constitucionales del proceso penal. Tomo II, 1027.


García, B. (2008). EL JUZGADO Y LA FISCALÍA DE TURNO DE PRIMERAS DECLARACIONES DE IMPUTADOS COMO GARANTÍA DE LOS DERECHOS DE DEFENSA Y DE DETENCIÓN LEGAL. Universidad de San Carlos de Guatemala, Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales.

Política Nacional de Medicamentos - Guatemala

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